A partir de las 16
Diputados debatirá la ley de identidad de género
Un plenario de las comisiones de Legislación General y de Justicia analizará un proyecto de ley de identidad de género, que habilita modificar el sexo y el nombre de pila en el DNI por el solo pedido del interesado. "Toda persona mayor de 16 años podrá solicitar la rectificación del nombre, el sexo e imagen en todos los registros públicos en los que figuren tales datos y no coincidan con su género autopercibido", sostiene la iniciativa, en su primer artículo.
La norma establece que identidad de género es "la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento". Asimismo, habilita la rectificación en el DNI del sexo y el cambio del nombre de pila, establece que el trámite se realizará ante el Registro Nacional de las Personas.
Además, no fija requisitos específicos, salvo la propia solicitud del interesado y no es necesario someterse a diagnósticos médicos, psiquiátricos, ni a cirugía alguna.
Tiene en cuenta también la "vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales".
Para el reconocimiento legal que impone la ley, el texto del proyecto remarca que "en ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales ni ningún tratamiento psicomédico".
Hasta ahora las personas transexuales que consiguieron un nuevo DNI debieron atravesar largos procesos judiciales hasta obtener un fallo que les permitiera el cambio de sus datos, lo que incluía exámenes médicos y psicológicos, sin garantías de conseguir el permiso requerido.
Además, no fija requisitos específicos, salvo la propia solicitud del interesado y no es necesario someterse a diagnósticos médicos, psiquiátricos, ni a cirugía alguna.
Tiene en cuenta también la "vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales".
Para el reconocimiento legal que impone la ley, el texto del proyecto remarca que "en ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales ni ningún tratamiento psicomédico".
Hasta ahora las personas transexuales que consiguieron un nuevo DNI debieron atravesar largos procesos judiciales hasta obtener un fallo que les permitiera el cambio de sus datos, lo que incluía exámenes médicos y psicológicos, sin garantías de conseguir el permiso requerido.
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